Agricultura establece la época de peligro alto de incendios forestales a partir del 1 de junio
GOBEX
La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía, mediante una orden publicada hoy en el Diario Oficial de Extremadura, establece la época de peligro alto de incendios forestales con efectos, desde el día 1 de junio de 2013.
Se entenderá por Época de Peligro Alto aquella en la que, por las condiciones meteorológicas, los riesgos de producción de incendios sean potencialmente elevados y aconsejen un despliegue máximo de los medios existentes.
Se declara Época de Peligro Alto de incendios forestales, durante el año 2013, el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 13 de octubre, ambos inclusive. No obstante, y en función de las condiciones meteorológicas, la duración de la Época de Peligro Alto podrá adelantarse o prorrogarse si las mismas lo aconsejan.
En todo lo referente a prohibiciones, limitaciones y autorizaciones de uso del fuego, se estará a lo que se especifica en los artículos 32, 33, 34 y 35 del Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).
Se declara Época de Peligro Alto de incendios forestales, durante el año 2013, el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 13 de octubre, ambos inclusive. No obstante, y en función de las condiciones meteorológicas, la duración de la Época de Peligro Alto podrá adelantarse o prorrogarse si las mismas lo aconsejan.
En todo lo referente a prohibiciones, limitaciones y autorizaciones de uso del fuego, se estará a lo que se especifica en los artículos 32, 33, 34 y 35 del Decreto 52/2010, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Plan INFOEX).
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