El DOE publica el decreto que regula el apoyo financiero del Gobierno regional a los préstamos para ganaderos
Se trata, señala el decreto, de “contribuir a paliar las dificultades financieras de las personas titulares de explotaciones agrarias en Extremadura, especialmente incididas por la convergencia de una pertinaz sequía y un marco coyuntural económico extraordinariamente adverso y prolongado”
Con este decreto se cumple el compromiso alcanzado por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía y se dota de contenido el acuerdo suscrito el pasado 22 de mayo con las entidades bancarias que operan en la región.
También podrán sumarse los productores de viña y olivar que accedieron a préstamos subvencionados en 2009 y de frutales correspondientes a 2010. Los profesionales del sector agrario que accediesen en su momento a esos créditos podrán ahora disponer de nuevos préstamos en condiciones preferentes.
El Gobierno de Extremadura ha dotado estas ayudas con 1 millón de euros, con los que bonificará con hasta un máximo de 5 puntos porcentuales los intereses del año de carencia de esos nuevos créditos.
En cuanto a las condiciones de este respaldo financiero, el decreto detalla que el importe máximo del nuevo préstamo no podrá ser superior a un cuarto del volumen del préstamo subvencionado al amparo de los Decretos 20/2008 y 85/2010; o al importe de la primera anualidad de amortización del principal del préstamo subvencionado al amparo de los Decretos 253/ 2009, de 4 de diciembre y 98/2010, de 9 de abril. Se establecerá un plazo de amortización del principal máximo de 3 años más un año de carencia, que será el primero.
El tipo de interés de referencia se calculará de acuerdo a la media aritmética del Euribor a doce meses de los primeros quince días hábiles publicados del mes de mayo más el diferencial establecido, con redondeos al octavo de punto más cercano. El diferencial a aplicar para los préstamos que requieran aval constituido por SAECA, será de un máximo de cuatro puntos porcentuales; para los préstamos que no requieran aval constituido por SAECA, será de un máximo de seis puntos porcentuales.
El plazo de presentación de las solicitudes para acceder a estas ayudas será de un mes a partir de su publicación en el Diario Oificial y las subvenciones se otorgarán mediante el procedimiento de concurrencia competitiva hasta que se agote el crédito.
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